Con el paso del tiempo todo tipo de mercados se modernizan y evolucionan conforme lo hacen las sociedades actuales y venideras. Hoy en día existen diferentes productos inmobiliarios que permiten a los propietarios rentabilizar sus inmuebles de formas que se adapten mejor a sus situaciones y a sus demandas.
Mucha gente ya ha oído hablar de la renta vitalicia inmobiliaria, una fórmula alternativa cada vez más común que se impulsó en España a través del Ministerio de Hacienda en 2020. El Decreto 1398 plantea la renta vitalicia como un producto financiero que recae principalmente sobre las compañías aseguradoras de vida.
Para definir este concepto, podríamos referirnos a un contrato de seguro en virtud del cual un propietario de una vivienda transfiere la nuda propiedad de la misma a la aseguradora a cambio de una renta periódica vitalicia. En un principio, desde el Gobierno se definieron dos tipos de renta vitalicia inmobiliaria: la inmediata, que hace referencia al modelo clásico que acabamos de explicar y la renta vitalicia inmobiliaria diferida.
Esta segunda se diferencia porque el beneficiario establece unperíodo de tiempo durante el cual no recibirá ningún tipo de ingresos. De esta forma se pueden beneficiar propietarios que todavía no necesiten liquidez adicional y decidan reservar estos ingresos para el futuro. Si se diese el fallecimiento del beneficiario o beneficiarios durante este período, el propietario o sus herederos recibirían un único pago. Más adelante desarrollaremos mejor las diferentes opciones que tienen los contratantes de este producto.
Mientras dure la renta de por vida, los beneficiarios pueden hacer uso y disfrute de la vivienda a través de su usufructo. Este derecho implica responsabilizarse de los gastos de mantenimiento, servicios públicos, etc. En cuanto a la compañía aseguradora, ella se ocupa de hacer frente a los gastos relacionados con la transferencia y los impuestos que tienen que ver con la propiedad del inmueble como, por ejemplo, el predial. Se trata de una opción muy atractiva y fácil de solicitar, ya que los requisitos para solicitar la renta vitalicia inmobiliaria solamente son tener una casa en propiedad y tener preferiblemente más de 60 años.
Principales diferencias entre las opciones
Como decíamos, con el paso de los años la renta vitalicia se ha ido expandiendo. Además de aseguradoras de vida, también es muy común firmar acuerdos de venta con grupos inversores inmobiliarios. El contrato es el mismo, el propietario se desprende de su vivienda, pero podrá seguir viviendo en ella durante el resto de su vida recibiendo además una renta periódica. Se trata de una atractiva opción para quienes desean mejorar su nivel de vida durante la jubilación y estas son sus principales posibilidades dependiendo de sus circunstancias:
- La renta vitalicia inmediata: Como su propio nombre indica, esta modalidad tiene lugar nada más firmar el acuerdo. El propietario original comienza a recibir la cuantía acordada de forma inmediata y con la frecuencia acordada.
- La renta vitalicia diferida: Ya hemos hablado sobre esta modalidad en la que el vendedor de la propiedad prefiere esperar un periodo de tiempo antes de comenzar a percibir la renta vitalicia. Más adelante, cuando sus circunstancias personales sean distintas y les vengan mejor los ingresos adicionales recibirán una renta mayor dependiendo de lo larga que sea la espera.
- Renta vitalicia revertida: Esta tercera opción se caracteriza porque ni el vendedor de la propiedad ni sus herederos recibirán la renta hasta el momento del fallecimiento del titular. Después de este suceso, la propiedad se transferirá de forma automática a los compradores y éstos pagarán una cuantía equivalente al tiempo de renta pactado.
Queda claro entonces que en cualquiera de las tres formas se puede aprovechar la venta de la propiedad y utilizarla a modo de garantía para el futuro, pero cada una se adapta mejor a unas circunstancias particulares que otras. Lo mejor de estos productos más modernos es que son más flexibles y están enfocados a un sector concreto de la sociedad, lo cual también implica ciertos requisitos para su contratación.
Condiciones de la renta vitalicia inmobiliaria
Como en cualquier otro contrato, la renta vitalicia somete a los usuarios de la misma a ciertas condiciones, aunque en este caso todo es mucho más simple que en otros productos inmobiliarios similares. Tal y como podemos ver en el Código Civil, los principales factores que se tienen en cuenta para calcular la renta vitalicia inmobiliaria son la esperanza de vida del beneficiario (que se calcula en base a la edad y sexo del individuo) y el valor de la propiedad.
En cuanto a los requisitos, simplemente es necesario tener más de 65 años y ser propietario de un inmueble. Conforme más mayor sea la persona que contrata el producto y mayor sea el valor del inmueble, mayor será la renta vitalicia que percibirá.
Por último, solo nos queda recordar que en Hausstar somos expertos en las soluciones de carácter inmobiliario y contamos con una larga trayectoria, satisfactoria tanto por nuestra parte como por la de nuestros clientes. Contamos con un equipo de profesionales especializados que disfrutan de ofrecer el mejor asesoramiento personalizado a todo tipo de personas, sean cuales sean sus circunstancias.
Para elevar el nivel de vida durante la jubilación es imprescindible planificarlo todo y rentabilizar nuestro patrimonio. Actualmente existen diferentes formas de ahorro para mantener un nivel de ingresos adecuado y una de las más beneficiosas es la renta vitalicia, una solución ideal para alcanzar una jubilación libre de preocupaciones.