La Ley de Vivienda actual supone un control de los alquileres de las “zonas tensionadas” que establece un nuevo índice de referencia. Esto afecta a las rentas, a los desahucios, a los incentivos fiscales, a las ayudas de acceso a viviendas sociales o a la posibilidad de gravar las viviendas vacías, entre otros factores.
Estas medidas tienen un plazo de 15 días para entrar ser aplicadas desde su publicación en el BOE (Boletín Oficial del Estado). A continuación, enumeramos las más importantes que entran ya en vigor:
El tope a la actualización de las rentas del alquiler:
Actualmente existe un tope a la hora de incrementar anualmente el precio de la renta tras la renovación de contratos vigentes de arrendamiento. Hasta que acabe 2023, la actualización anual del contrato de alquiler no se incrementará en más de un 2% y esta medida se aplica a pequeños propietarios y grandes tenedores salvo acuerdo previo con el inquilino.
La información mínima en operaciones de compra y alquiler:
Otra de las medidas más importantes es la de la proporción obligatoria de datos en este tipo de transacciones que incluyen información del inmueble y del propietario.
La prórroga extraordinaria para arrendatarios vulnerables:
En el caso de los grandes tenedores de viviendas, el inquilino cuenta con la posibilidad de solicitar una prórroga de un año en caso de que acredite una situación de vulnerabilidad social y económica.
Recargo en el IBI en viviendas que lleven al menos dos años vacías:
Este aumento podría alcanzar hasta el 150% y se aplica a propietarios con un mínimo de cuatro viviendas, siempre y cuando no puedan justificar la desocupación de sus inmuebles de forma legal.
Nuevas medidas sobre la vivienda protegida:
Este tipo de construcciones ahora están sometidas a un régimen de protección pública permanente. Además de esto, su compraventa deberá autorizarla la Comunidad Autónoma pertinente y los poderes públicos podrán tendrán más libertad para actuar al respecto.
Los pagos por medios electrónicos:
A partir de ahora también se permiten los pagos de rentas de alquiler a través de medios electrónicos.
Los gastos de los honorarios de gestión inmobiliaria:
La responsabilidad de este tipo de pagos, así como los de la formalización del contrato, pertenecen ahora al arrendador.
Nuevas medidas sobre los desahucios, las ejecuciones hipotecarias y la subasta de inmuebles:
En estos casos se tiene en cuenta la situación de vulnerabilidad de los ocupantes de una vivienda. También se valora si el inmueble es su vivienda habitual o si el demandante de un desahucio es gran tenedor de vivienda. Además, se extiende la protección de ocupantes de un inmueble para los supuestos de subasta en situación de vulnerabilidad.
Además de estas medidas todavía sigue habiendo varias que todavía no han entrado en vigor. Algunas de ellas se pueden aplicar actualmente siempre y cuando entren en el cerco de las declaradas “zonas tensionadas”. En este caso, hace falta la declaración de un plan específico que ayude a corregir los desequilibrios.